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¿ Que interesa mas , dejar tu casa en herencia o donarla ?
¿Es mejor donar la casa a los hijos en vida o dejársela en herencia?
Esta es una pregunta que suelen plantearse casi todas las familias en algún momento . Sin embargo , la gran mayoría de los españoles desconocen las ventajas de la donación frente a la herencia y viceversa . En España , tras el fallecimiento del propietario de la vivienda , la opción mayoritaria sigue siendo la herencia . Según el Instituto Nacional de Estadística ( INE ) en marzo ( últimos datos disponibles ) se transmitieron por herencia 13.448 pisos y sólo se traspasaron por donación 1.424 inmuebles .
Lo que más influye a la hora de inclinarse por una opción o por la otra son los impuestos que se tienen que pagar , que son diferentes en cada comunidad autónoma . Sin embargo, no es la única variable , ya que intervienen otros factores . Por ejemplo , plantearse una donación puede ser una opción a considerar, sobre todo si se quieren evitar posibles discusiones a la hora de repartir la herencia o si se quiere ayudar a algún hijo en dificultades económicas .
Inclinarse por la donación suele ser generalmente más caro , ya que muchas regiones españolas no cuentan con ninguna bonificación para ellas . Además , a la hora de pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones ( ISD ) en una donación se tendrá que tener en cuenta que en el cálculo de la base liquidable no se aplican las reducciones por edad y parentesco , mientras que en la herencia sí .
Por su parte , adquirir una vivienda por herencia tiene una reducción por ley del 95% en la base imponible sobre la que se calcula el ISD , hasta un importe máximo de 122.606 euros .
TANTOS MODELOS COMO COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Cada comunidad autónoma tiene potestad legislativa para modificar el límite o incluso aplicar bonificaciones a lo que se tiene que pagar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones .
ANDALUCIA
Tras el fallecimiento del propietario de la vivienda , en Andalucía se obtendrá una reducción del 99,99% cuando la persona que la adquiera sea descendiente , adoptado , cónyuge o ascendiente . Sin embargo , habrá que tener en cuenta que la base imponible no debe superar los 175.000 euros . Además , los descendientes y adoptados menores de 21 años no pagarán si no se supera este límite , según el informe de fiscalidad autonómica y foral 2016 realizado por el Consejo General de Economistas .
En el caso de la donación , solo se obtendrían beneficios si lo que se dona es dinero para la adquisición de una vivienda dentro de Andalucía. Concretamente , la reducción sería del 99% , siempre que no se superen los 120.000 euros . Además el donatario ( quien recibe el dinero ) no deberá superar los 35 años. Con una minusvalía inferior o superior al 33% también se optaría a este beneficio . Sin embargo , el patrimonio no deberá superar los 402.678,11 euros .
ARAGON
No se tendrá que pagar nada cuando las adquisiciones correspondan a los hijos menores de edad con un máximo de 3 millones de euros o cuando pertenezca a discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 65% . La reducción pasará a ser del 99 % para las adquisiciones de una vivienda habitual por el cónyuge, ascendientes , descendientes del fallecido o un familiar no sanguíneo de más de 65 años que haya convivido con el fallecido durante los dos años anteriores . No podrá superarse el límite de 125.000 euros .
Para las donaciones , la reducción será del 100 % para el cónyuge y los hijos , siempre y cuando el valor de la vivienda no supere los 100.000 euros .
ASTURIAS
Al heredar una vivienda se tendrá que tener en cuenta el valor real del inmueble , puesto que la reducción dependerá del mismo . Para obtener una bonificación del 100 % , la base imponible deberá ser igual o inferior a 150.000 euros y el patrimonio preexistente del heredero no podrá exceder los 402.678,11 euros .
La reducción será del 65% en el caso de las donaciones sólo para las bases menores de 75.000 euros . Además en las donaciones monetarias para adquisición de vivienda , los asturianos tendrán que comprarla en el principado , en un plazo de seis meses y no podrá venderse hasta que pasen cinco años .
BALEARES
Las reducciones , cuantías , coeficientes preexistentes , bonificaciones y deducciones en el archipiélago se equipararán a las parejas que estén inscritas en su registro de parejas . En esta comunidad , en el caso de las viviendas habituales la reducción será del 100% siempre que no se supere el límite de los 180.000 euros para el cónyuge , los ascendientes , descendientes o los parientes colaterales mayores de 65 años que hayan vivido con el fallecido durante los dos años anteriores al fallecimiento .
En el caso de las donaciones en las Islas Baleares únicamente se paga el 7% de la base liquidable .
CANARIAS
A la hora de adquirir la vivienda habitual de una persona fallecida en Canarias , la reducción puede ser del 99% con un límite de 200.000 euros cuando la adquieran tanto los descendientes como los adoptados menores de edad . Además , otro requisito que pide la comunidad es mantener la propiedad durante un periodo mínimo de cinco años .
Cuando se hace una donación en metálico a hijos y descendientes o adoptados para la adquisición de la primera vivienda se aplica una reducción del 85% de la base imponible . Para obtenerlo , la donación se debe formalizar a través de escritura pública dónde se exprese el uso que se hará del dinero y que el destinatario no tenga más de 35 años . Además , la vivienda se deberá adquirir en un plazo máximo de 6 meses desde que se tiene el dinero , deberá permanecer en el patrimonio del donatario como vivienda habitual en un plazo que no sea inferior a cinco años . El importe máximo de la donación con derecho a reducción es de 24.040 euros .
CANTABRIA
Cuando los beneficiados de la herencia sean cónyuge , ascendiente , descendiente , o bien pariente colateral mayor de 65 años , que haya vivido en la vivienda por un periodo de dos años antes de que este falleciese , tendrán una deducción del 99 % .
En las donaciones el límite de bonificación se situará en los 200.000 euros y la reducción será del 99 % cuando se vaya a construir la residencia habitual del donatario . La vivienda deberá permanecer en el patrimonio del donatario durante 5 años como mínimo .
CASTILLA y LEON
El importe que se paga es simbólico . Castilla y León ha establecido que los ascendientes y adoptados , cónyuges y adoptantes del fallecido pueden aplicarse una reducción variable calculada por la diferencia entre 250.000 euros y la suma de las reducciones que pudiesen aplicarse .
Por su parte , en las donaciones para adquirir la primera vivienda , la reducción será del 99 % . Este desembolso de dinero deberán hacerlo ascendientes , adoptantes o aquellas personas que hubiesen realizado un acogimiento familiar permanente o preadoptivo . El donatario deberá tener menos de 36 años , el importe íntegro se debe destinar a la compra de la primera vivienda habitual , que deberá estar en la Comunidad Autónoma de Castilla y León y su importe máximo será de 120.000 euros y de 180.000 para los que tengan consideración legal de minusválidos con un grado igual o superior al 65 % .
CASTILLA LA MANCHA
En esta región, existe una bonificación del 95 % de la cuota tributaria tanto para sucesión como donación .
CATALUÑA
En el caso de Cataluña , la reducción por adquisición de vivienda habitual es del 95 % y tiene un límite de 500.000 euros . Concretamente , el límite se divide entre cada uno de los herederos , aunque habrá que tener en cuenta que la participación de cada uno de ellos puede variar . Cada una de estas participaciones tendrá un límite de 180.000 euros .
EXTREMADURA
En esta comunidad la reducción del 100 % siempre y cuando la vivienda esté acogida a determinadas modalidades de vivienda de protección pública y la mantenga hasta el fallecimiento del propietario , que el familiar al que se le vaya a donar la vivienda haya convivido con el propietario y continúe haciéndolo durante los cinco años siguientes . La persona que recibe la vivienda deberá mantener la casa en su patrimonio durante los cinco años siguientes al fallecimiento del causante y que tenga su residencia habitual en esta comunidad .
En el caso de las donaciones , habrá que pagar únicamente un 1 % en las cantidades de dinero recibidas por los hijos y descendientes que estén destinadas a la adquisición de la primera vivienda con un límite de 122.000 euros .
GALICIA
En el caso de heredar una vivienda en esta región , deberás tener en cuenta que la reducción será del 100% cuando la adquiera la pareja del fallecido , con un límite máximo de 600.000 euros . Sin embargo , si el cónyuge no es el que recibe la vivienda la reducción se establecerá de la siguiente manera :
Si la vivienda va a ser heredada por un pariente colateral , este deberá ser mayor de 65 años y debería haber convivido con el fallecido durante los dos años previos a la muerte . Como novedad , este año , no dejará de ser vivienda habitual cuando el fallecido , por circunstancias físicas o psíquicas , se haya trasladado a un centro especializado para recibir cuidados o a vivir con los familiares incluidos en el grupo de parentesco que da derecho a obtener la reducción .
Para obtener el 95 % de la reducción por donación que se puede obtener en esta Comunidad , hay que tener menos de 35 años, que sea la primera vivienda , la reducción no podrá aplicarse a importes que superen los 600.000 euros y que la suma de la base imponible del donatario , durante el último periodo impositivo , no debe ser superior a 30.000 euros . Asimismo , la donación debe formalizarse en escritura pública y deberá adquirir la vivienda en los seis meses siguientes a la donación .
MADRID
La reducción por adquisición de la vivienda en herencia es del 95 % con un límite de 123.000 euros en adquisiciones por la pareja del fallecido , sus padres o sus hijos o por un pariente no directo, como puede ser el suegro o la suegra, que sea mayor de 65 años . Asimismo, la Comunidad de Madrid exige que se mantenga la propiedad durante cinco años .
En el caso de las donaciones , la bonificación es del 99% en la cuota del impuesto . Deberán formalizarlo por documento público .
MURCIA
En esta comunidad, la reducción es del 99% tanto si se dona como si deja en herencia . En el caso de la donación , si el valor real del inmueble supera los 150.000 euros , la reducción se aplicará a esta cuantía y se tributará el exceso al 7 % .
NAVARRA
El tipo impositivo a aplicar es de 0 euros hasta los 6.010,12 euros , ya que en estos casos no existe el tramo de tributación del 0,80%, que se empieza a aplicar cuando la base liquidable supera esta cifra . Por su parte , cuando la vivienda se transmite por donación , están exentas de tributación siempre que el beneficiario sea descendiente en línea directa .
PAIS VASCO
Aquí coinciden la reducción del 95 % tanto por herencia como por donación . El límite máximo monetario se diferenciará según el territorio . En el caso de Álava se situará en 212.242 euros , mientras que en Bizkaia será de 215.000 euros y de 220.000 euros en Guipuzkoa .
LA RIOJA
Existe una reducción por adquisición de vivienda que se regula según lo establecido en la Ley estatal aunque el plazo de mantenimiento de la vivienda de diez años pasa a cinco . Sin embargo , como novedad este año , la reducción será del 99 % para familiares directos si la base es igual o inferior a 500.000 euros . Si es superior a 500.000 euros la reducción es del 98 % .
En el caso de la donación , existe una deducción del 100 % con límite de 200.000 euros de la cantidad donada ( esta cifra asciende a 300.000 si se tiene una discapacidad igual o superior al 65 % ) por el dinero que reciben los hijos mayores de 16 años de sus padres , siempre que se destine a la adquisición de una vivienda . También hay una deducción aplicable a las donaciones de vivienda de padres a hijos , entre 16 y 40 años , en función de su valor real . La vivienda deberá estar ubicada ya en la región , deberá convertirse en la vivienda habitual del adquiriente , no podrá ser la vivienda habitual de cualquier a de los padres , o ambos , en el momento de la donación y deberá conservarla por un periodo mínimo de cuatro años .
COMUNIDAD VALENCIANA
En las adquisiciones de la vivienda habitual se aplicará una reducción en transmisiones 'mortis causa' del 95% con un límite de 150.000 euros , siempre que los herederos sean ascendientes o descendientes del fallecido , o bien pariente no directo mayor de 65 años que hubiese convivido por un periodo de dos años con el fallecido antes de su muerte .
La bonificación por donación es del 75% con un límite de 150.000 euros , siempre que se tenga un patrimonio preexistente inferior a 2 millones de euros .