Noticias > ¿ Que me puede ocurrir si no declaro el alquiler de una vivienda arrendada ?
Siempre hay quien busca escapar de sus responsabilidades con Hacienda y los ingresos procedentes del alquiler de una vivienda no son una excepción . Es más frecuente de lo que parece que tanto propietario como inquilino se pongan de acuerdo para no declarar el inmueble y al final , tal como dice el refranero español, ‘es peor el remedio que la enfermedad’, ya que esta práctica es un fraude al fisco .
El arrendamiento de un piso tributa como rendimiento del capital inmobiliario y el propietario tiene derecho a una reducción del 60% del importe obtenido , una vez deducidos todos los gastos , siempre y cuando la vivienda esté destinada a ser la residencia habitual del inquilino . Dicho de otro modo , si el arrendador ingresa 10.000 euros en concepto de alquiler y ha tenido unos gastos deducibles de 2.000 ( comunidad , IBI , seguros y gastos de conservación y reparación , entre otros ) , sólo tendrá que tributar por 3.200 euros en la declaración de la renta .
Sin embargo , en el caso de que Hacienda descubra que este inmueble no se declara , no sólo se perderá esa reducción del 60% , con lo que la cuota a pagar se incrementará , sino que además se abrirá un expediente sancionador , que concluirá normalmente con una sanción por incumplimiento de sus deberes con el fisco , más los correspondientes intereses de demora .
Y es que también es más habitual de lo que parece que un inquilino termine declarando la vivienda de alquiler como habitual , ya sea porque debe empadronarse o porque recibe una serie de ayudas fiscales . Cuando este hecho se produce , Hacienda realiza un cruce de datos entre arrendador y arrendado detectando entonces las irregularidades del primero . Del mismo modo , Hacienda puede comprobar el consumo eléctrico de una residencia presuntamente vacía , descubriendo igualmente el fraude y obrando en consecuencia .